El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar el artículo 325 del Código Penal Federal con el objeto de establecer que, en caso de feminicidio, el servidor público que retarde o entorpezca la procuración o administración de justicia, se le impondrá pena de prisión de cuatro a doce años.
El dictamen, remitido al Senado de la República, se aprobó por 432 votos a favor, cero en contra y 19 abstenciones. Señala que además será destituido e inhabilitado por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. La inhabilitación, añade, comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión.
La diputada Adriana Bustamante Castellanos (Morena) afirmó que el dictamen es indispensable para asegurar el efectivo derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. “Debemos focalizar la atención de las policías, ministerios públicos y fiscalías estatales en la actuación del Poder Judicial para acabar con la impunidad”.
Puntualizó que el personal encargado de la impartición de justicia constituye la primera línea de defensa para la protección de los derechos de las mujeres, de ahí que una respuesta ministerial y judicial idónea y efectiva resulta indispensable para asegurar el derecho de acceso a la justicia a las mujeres y a las familias de las víctimas.
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