El diputado David Alejandro Cortés Mendoza (PAN) planteó modificar el párrafo undécimo del artículo 4° de la Constitución Política, para establecer que el Estado reconoce y garantiza el derecho a la gratuidad en el servicio en las instituciones de salud pública de las niñas, niños y adolescentes que padezcan cáncer en cualquiera de sus tipos, manifestaciones y etapas.
Incluirá lo referente a tratamientos de radioterapia, quimioterapia y similares, así como a la hospitalización, consultas médicas, terapias de rehabilitación, prótesis y medicamentos, y asegurará la asignación presupuestal para su cumplimiento total.
Considera que la iniciativa, enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales, genera un precedente para que se garantice y se reconozca como un derecho, no como una ayuda o apoyo, y permitirá el cumplimiento integral de los tratamientos de forma gratuita. “No se puede limitar o arriesgar la salud de una persona a costa de una insuficiencia presupuestal”.
El legislador expone que, según datos de la Secretaría de Salud, anualmente existen entre 5 mil y 7 mil casos de cáncer infantil, y que por la falta de tratamientos y la detección tardía solamente el 56 por ciento sobreviven; es por esto que “debemos actuar con prontitud, ya que un día puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte”.
Destaca que el interés superior de la niñez es un elemento fundamental en la construcción de un Estado de derecho, en donde las políticas públicas, los marcos normativos, las acciones, planes y programas de gobierno, tienen que estar alineados, para garantizarlo.
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